Considero que México requiere vacunar contra COVID 19, mínimo a medio millón de habitantes de los días, de lunes a viernes de cada semana, el que no lleguen vacunas simplemente no se compraron y no se pagaron priorizando calendario.
Hay que ser claros al señalar que fueron “adquiridas” vacunas, ya que puede existir diferentes tipos de negociación o intención compra de los diferentes gobiernos nacionales, destacando algunas ideas:
Contrato de compromiso Intención de compra.
Contrato de apartado estableciendo un porcentaje muy reducido de anticipo.
Contrato de compra – venta, estableciendo formas de pago simbólicas y tiempos de entrega de vacuna muy espaciados.
Contrato de asociación, asumiendo el riesgo el comprador y pagando desde la firma un porcentaje considerable, comprometiéndose el comprador a pagar lo pactado, independientemente del resultado científico y del tiempo de entrega del fármaco, con el compromiso del vendedor de despacharlo como socio del proyecto.
Contrato de compra -venta estableciendo el precio final total de la operación, al momento de la firma, el pago de buena fe, de más del ochenta porciento de la transacción.
Contrato de compra venta, pagando la totalidad de las vacunas adquiridas, para que existan un compromiso de las farmacéuticas de atender entregas al momento de producir la vacuna.
Hace algunos lustros, importar de forma definitiva un trailer o tracto camión seminuevo de los Estados Unidos de América, con un arancel económico era complicado, para ello se les ocurrió la forma de cometer fraude a la ley, mediante la importación de este mismo automotor, previa importación dividirlo en partes, de esta forma el arancel de importación era más benigno para el importador y posteriormente en territorio mexicano sería re armado. En lugar de importar un equipo de transporte se modificaba la clasificación arancelaria al importar solamente partes del equipo.
ARTÍCULO TERCERO.- Conforme al factor de actualización mencionado en el artículo Primero de este Acuerdo, las cuotas aplicables a los combustibles automotrices a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2021, son las siguientes:
En el tema de la apertura energética, después de más de dos años de inicio del gobierno federal autodenominado transformado, no se ve un panorama claro en el tema de control de los hidrocarburos, existen estaciones de servicio que ofrecen precios de combustibles al consumidor menor al precio que terminales de Pemex refinación venden a estaciones de servicio, existen varias hipótesis a esta desleal realidad, un de ellas puede ser que el combustible tenga un pedimento de importación, el cual debe de contener datos básicos como nombre del importador, aduana de arribo, régimen aduanero, país de origen de las mercancías, entre otros.
Fracción arancelaria
Descripción
2710.12.08
Gasolina con octanaje inferior a 87
2710.12.09
Gasolina con octanaje superior o igual a 87, pero inferior a 92
El régimen aduanero es esencial, ya que en caso de que importar un producto diferente el pago del IESPS será de menor tarifa, por ejemplo, la diferencia entre importar diésel a combustóleo representa una diferencia de pago del impuesto especial de $5.45 pesos de ahorro por cada litro vendido, claro la factura para la estación de servicio deberá de especificar el producto, resulta claro que para poder “operar y comercial combustible” de esta forma se ocupa ayuda de diferentes actores políticos, destacando como primer filtro la oficina de aduanas y de recaudación fiscal interior, sin olvidar de que existe posibilidad de algún producto que haya ingresado sin registro y sin pago al país, o bien un producto nacional que se haya fugado de manera sistemática a un autotanque “full” o bien que exista la posibilidad “rebajar” el combustible con algún producto de menor calidad y valor. Al final pueden ofrecer petrolíferos más económicos.
Que forma mas ofensiva de poner N cantidad de anuncios espectaculares por varias semanas financiados por ? ? ?, anunciando una entrevista de 30 minutos de un servidor público y/o representante popular
Vacunar contra COVID 19 a tres mil habitantes por día, (365 días hábiles) vacunarían a 80 millones de mexicanos en poco más de 70 años, sin incluir el espacio de tiempo para las vacunas que requieran de una segunda dosis.
Utilizar cubrebocas es pretender ser cómplice de la organización empresarial etiquetada como “mafia”, el hacerles caso, me debilitaría y me convertiría en un traidor neoliberal