Artículo 502.- En caso de muerte o por desaparición derivada de un acto delincuencial del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario, sin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal.
En este sexenio al llegar a los 140 mil asesinatos en México, el gobierno del presidente López Obrador debió de haber pagado a sus deudos, según el artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo la cantidad de ciento setenta y dos mil millones de pesos.